Nº 31860

REMATE JUDICIAL
ABRIL
10
VIERNES
En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO 13:30
HORAS
SIN BASE EN $

Fuente: REMATADORES.COM

¡OPORTUNIDAD EN PANDO!

ZONA DE MUCHO POTENCIAL

LOCAL DE LA EX FÁBRICA DE ACRÍLICO
"FANACRIL"


Avda. Luis Alberto de Herrera Km 32.700

Padrón 2029, Localidad de Pando.

Superficie terreno 6.809 m²

Construido 746 m²

Ideal para construir con los beneficios impositivos de la Ley Vivienda de Interes Social.


SEÑA 30% - COM. E IMP. 3,66%

Fuente: REMATADORES.COM



Fuente: REMATADORES.COM


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EDICTO:  Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19o Turno, dictada en autos: "GARFIN SA c/ FABRICA NACIONAL DE ACRILICOS LTDA - INTIMACIÓN DE PAGO" IUE 2-22805/2022, se hace saber que el próximo 10 de abril de 2026, a las 13:30 hs, en Avenida Uruguay 826 de esta ciudad (local de la Asociación de Rematadores); se procederá por intermedio del martillero Lorenzo Hernández Möller, matrícula 5605, RUT 130092730017, asistido por la señora Alguacil de la sede, a la venta, en subasta pública, sin base, al mejor postor, sin perjuicio de las facultades otorgadas al Sr. Rematador por la ley N° 19.090 Art. 386, el siguiente bien inmueble: solar de terreno con construcciones y demás mejoras, ubicado en la séptima Sección Judicial del Departamento de Canelones, zona suburbana, ciudad de Pando, empadronado con el número DOS MIL VEINTINUEVE (2029) antes tres mil quinientos trece, tres mil quinientos catorce, tres mil quinientos dieciséis, el que según plano de mensura y fusión del Agrimensor Rodolfo Nuñez Canessi de mayo de 1985, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Pando, el día 11 de mayo de 1993 con el número 6.661, esta señalado con el número 10, con una superficie de seis mil ochocientos nueve metros cuadrados con diez decímetros cuadrados que se deslinda así: 102 metros de frente al Sureste a la Avenida Luis Alberto de Herrera, distando su punto medio de la esquina formada con la calle número 2, 105 metros 62 centímetros al Suroeste, línea quebrada compuesta por tres tramos, el primero orientado de Sureste a Noroeste de 35 metros, lindando con padrón 3512, el segundo orientado de Suroeste a Noreste de 37 metros 65 centímetros lindando con parte del padrón 3105, el tercero orientado de Este a Oeste de 71 metros 55 centímetros lindando con padrón 3105 y calle número 1; 88 metros 60 centímetros al Oeste, lindando con línea de Administración de Ferrocarriles del estado; 95 metros 15 centímetros al Noreste, lindando con padrón 2257. SE PREVIENE: A) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de remate una cifra no inferior al 30% de la oferta efectuada y el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, B) Sera de cargo del comprador la comisión de compra del rematador e impuestos que asciende a 3 % mas IVA del precio de obtenido. C) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. D) Sólo se podrá descontar del precio de remate, deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha del remate y al momento de la integración del precio, no pudiéndose incluir en tales conceptos los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados. E) Para el caso de que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para la inscripción de la escritura traslativa del dominio, ITP e IRPF si correspondiere. F) Que el mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19210 y 19574 en la redacción dada por la ley 19889, en caso de ser objeto de modificación a la fecha del remate, se estará a lo que disponga la nueve normativa en la materia. G) En la Sede se encuentra depositado los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrían ser examinados en la Sede por los interesados; Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 19° Turno de la Capital; Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, de la ciudad de Montevideo
Montevideo, 18 de marzo de 2026
- MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto
Fuente: REMATADORES.COM

 INFORMES:
 LORENZO JAVIER HERNANDEZ MÖLLER 
lorenzohm1@gmail.com

Cel. 099 706 414 


 
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