Nº 31842

REMATE JUDICIAL
ABRIL
8
MIERCOLES
En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO 15:30
HORAS
SIN BASE EN U$S

Fuente: REMATADORES.COM

CAMPO SOBRE RUTA 9
EN MALDONADO



• SE REMATA PADRÓN RURAL NRO. 19.618 DE SEXTA SECCIÓN CATASTRAL DE MALDONADO.

• CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES: 9 hectáreas ubicadas sobre ruta 9, kilómetro 149,500. El inmueble cuenta con muy linda casa, amplios galpones, instalaciones de tambo, embarcadero y más.

• EL BIEN SE REMATARÁ DE LA SIGUENTE MANERA; 15.30 HRS. 1/3 INDIVISO POR ORDEN JUDICIAL IUE: 40-85/2020 (DATOS EN EDICTO). Y 16.30 HRS. 2/3 INDIVISO DEL MISMO PADRÓN POR CUENTA Y ORDEN DE LA SINDICATURAS DE PAULA Y FRANCISCO SANABRIA BARRIOS. IUE: 40-90/2017 Y 2-12002/2017 RESPECTIVAMENTE (DATOS EN PREVENCIONES).


Seña 30% - Comisión e impuestos 3,66%.

Fuente: REMATADORES.COM





Fuente: REMATADORES.COM


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EDICTO:  Por disposición del Sr. Juez Letrado de Concursos de 1er. Turno, dictada en autos: “PAULA Y FRANCISCO SANABRIA C/ SANABRIA PEREZ, GUILLERMO. VIA DE APREMIO” IUE: 40- 85/2020, se hace saber que el día 8 de abril a las 15.30 horas en la sede de la A.N.R.T.C.I. sita en Avda. Uruguay Nro. 826 de Montevideo, por intermedio del Martillero DIONISIO TEXEIRA, Matrícula No.6079, RUT 040381770019, presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate público sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Una Tercera parte indivisa (1/3) del bien inmueble Padrón No.19.618, antes padrones en mayor área números 4542 y 14795, se trata de una Fracción de campo y sus construcciones, ubicada en la Sexta Sección Judicial y Catastral del departamento de Maldonado, zona rural, paraje José Ignacio, que según plano del Agrimensor Hebel A. Barrios de setiembre de 1974, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Maldonado el 4 de octubre de 1974 con el número 6737, se compone de una superficie de nueve hectáreas cuatro mil ciento veintiséis metros (9 hectáreas 4.126 metros) y se deslinda así: al N.O. 3 tramos de recta que miden: 105,65 metros; 138,72 metros; y 38 metros, respectivamente, partiendo del N.O., lindando las 3 rectas mencionadas de frente a Ruta Nacional número 9; al E. 390,75 metros lindando con parte del padrón 4.542 propiedad de León Antonio Sánchez; al S. 358,20 metros de frente a Camino Vecinal de 17 metros de ancho; y al O. 234,40 metros también de frente a Camino Vecinal por ser esquina. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña y en dólares estadounidenses el 30 % de su oferta, así como la comisión del Rematador más IVA (3.66%) del precio. Dicho pago deberá realizarse en el acto y consignarse cumpliendo con la Ley 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas y decretos reglamentarios. Los rubros autorizados a imputar como parte del precio son Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria. 2)Que dicho bien mantiene deuda ante el Municipio de Maldonado. 3)Que se desconoce si existe deuda de Impuesto de Primaria. 4) Que se desconoce la situación ocupacional del bien, así como la regularidad de las construcciones existentes. 5)Tratándose de inmueble rural, deberá determinarse: Si corresponde el posterior ofrecimiento al I.N. de Colonización; así como si se encuentra dentro de las áreas delimitadas por la Intendencia Municipal de Maldonado a efectos del derecho de preferencia previsto por el Art. 66 de la Ley 18.308. 5)El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por ferias judiciales ni semana de turismo. 6)La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en calle San José No.1132, 3er. Piso de la ciudad de Montevideo.



PREVENCIONES.
1).- Remate privado en el marco de liquidación del proceso concursal; Sanabria Barrios, Paula Concurso Voluntario Ley 18.387 IUE 40-90/2017 y Sanabria Barrios, Francisco Concurso Ley 18.387 IUE 2-12002/2017 Juzgado Letrado De Concursos de 1 er Turno.
2).- Se rematan las dos terceras partes indivisas (2/3) del padrón rural nro. 19.618 con la siguiente descripción y deslinde DESCRIPCIÓN Y DESLINDE: El inmueble padrón 19618 antes padrones en mayor área números 4542 y 14795, se trata de Fracción de campo y sus construcciones, ubicada en la Sexta Sección Judicial y Catastral del departamento de Maldonado zona rural, paraje José Ignacio, que según plano del Agrimensor Hebel A. Barrios de setiembre de 1974, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Maldonado el 4 de octubre de 1974 con el número 6737, se compone de una superficie de nueve hectáreas cuatro mil ciento veintiséis metros (9 hectáreas 4.126 metros) y se deslinda así: al N.O. 3 tramos de recta que miden: 105,35 metros; 138,72 metros; y 38 metros, respectivamente, partiendo del N.O., lin dando las 3 rectas mencionadas de frente a Ruta Nacional número 9; al E. 390,75 metros lindando con parte del padrón 4.542 propiedad de León Antonio Sánchez; al S. 358,20 metros de frente a Camino Vecinal de 17 metros de ancho; y al O. 234,40 metros también de frente a Camino Vecinal por ser esquina.
3).- Que la subasta será sin base y al mejor postor, en dólares americanos.
4).- El mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la postura, más el 3,66% por comisión e impuestos, mediante los medios de pago electrónicos previstos por la Ley de Inclusión Financiera.
5).- El saldo de precio deberá integrarse en un plazo máximo de 30 días corridos a partir de la fecha de la subasta, el que será simultáneo con la escrituración del bien, sólo podrá prorrogarse por justa causa, por paros en los registros públicos, bancos o demás informes necesarios para la realización de la escrituración.
6).- Se desconoce el estado ocupacional del bien.
7).- Una vez formulada la oferta y aceptada la misma, quien la hace acepta el título y las condiciones del remate.
8).- El estudio de Títulos de Propiedad fue realizado por el Esc. Gabriel Hernández Arbeloa, encontrándose los mismos a disposición de los interesados en la sede del juzgado, calle San José 1132, tercer piso.
9).- Las deudas por tributos municipales o nacionales o de cualquier naturaleza, no son de cargo del adquirente (art.177 del LCRE), las que una vez celebrada la escritura de compraventa y acreditada su inscripción se libraran los oficios correspondientes para su exoneración.
Fuente: REMATADORES.COM

 INFORMES:
 DIONISIO TEXEIRA  
dntexeira@gmail.com

Cel. 099813976 


 
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