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EDICTO:
Por disposición del Sr. Juez Letrado de Concursos de 1er. Turno, dictada en autos: “PAULA Y
FRANCISCO SANABRIA C/ SANABRIA PEREZ, GUILLERMO. VIA DE APREMIO” IUE: 40-
85/2020, se hace saber que el día 8 de abril a las 15.30 horas en la sede de la A.N.R.T.C.I. sita
en Avda. Uruguay Nro. 826 de Montevideo, por intermedio del Martillero DIONISIO TEXEIRA,
Matrícula No.6079, RUT 040381770019, presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado, se
procederá al remate público sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el
siguiente bien inmueble: Una Tercera parte indivisa (1/3) del bien inmueble Padrón No.19.618,
antes padrones en mayor área números 4542 y 14795, se trata de una Fracción de campo y
sus construcciones, ubicada en la Sexta Sección Judicial y Catastral del departamento de
Maldonado, zona rural, paraje José Ignacio, que según plano del Agrimensor Hebel A. Barrios
de setiembre de 1974, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Maldonado el 4
de octubre de 1974 con el número 6737, se compone de una superficie de nueve hectáreas
cuatro mil ciento veintiséis metros (9 hectáreas 4.126 metros) y se deslinda así: al N.O. 3
tramos de recta que miden: 105,65 metros; 138,72 metros; y 38 metros, respectivamente,
partiendo del N.O., lindando las 3 rectas mencionadas de frente a Ruta Nacional número 9; al
E. 390,75 metros lindando con parte del padrón 4.542 propiedad de León Antonio Sánchez; al
S. 358,20 metros de frente a Camino Vecinal de 17 metros de ancho; y al O. 234,40 metros
también de frente a Camino Vecinal por ser esquina. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor
deberá consignar por concepto de seña y en dólares estadounidenses el 30 % de su oferta, así
como la comisión del Rematador más IVA (3.66%) del precio. Dicho pago deberá realizarse en
el acto y consignarse cumpliendo con la Ley 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas y decretos
reglamentarios. Los rubros autorizados a imputar como parte del precio son Contribución
Inmobiliaria e Impuesto de Primaria. 2)Que dicho bien mantiene deuda ante el Municipio de
Maldonado. 3)Que se desconoce si existe deuda de Impuesto de Primaria. 4) Que se
desconoce la situación ocupacional del bien, así como la regularidad de las construcciones
existentes. 5)Tratándose de inmueble rural, deberá determinarse: Si corresponde el posterior
ofrecimiento al I.N. de Colonización; así como si se encuentra dentro de las áreas delimitadas
por la Intendencia Municipal de Maldonado a efectos del derecho de preferencia previsto por el
Art. 66 de la Ley 18.308. 5)El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a
partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se
interrumpirá por ferias judiciales ni semana de turismo. 6)La subasta se realiza en las
condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que
se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en calle San José
No.1132, 3er. Piso de la ciudad de Montevideo.
• PREVENCIONES.
1).- Remate privado en el marco de liquidación del proceso concursal; Sanabria
Barrios, Paula Concurso Voluntario Ley 18.387 IUE 40-90/2017 y Sanabria
Barrios, Francisco Concurso Ley 18.387 IUE 2-12002/2017 Juzgado Letrado De
Concursos de 1 er Turno.
2).- Se rematan las dos terceras partes indivisas (2/3) del padrón rural nro.
19.618 con la siguiente descripción y deslinde DESCRIPCIÓN Y DESLINDE:
El inmueble padrón 19618 antes padrones en mayor área números 4542 y
14795, se trata de Fracción de campo y sus construcciones, ubicada en la Sexta
Sección Judicial y Catastral del departamento de Maldonado zona rural, paraje
José Ignacio, que según plano del Agrimensor Hebel A. Barrios de setiembre de
1974, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Maldonado el 4 de
octubre de 1974 con el número 6737, se compone de una superficie de nueve
hectáreas cuatro mil ciento veintiséis metros (9 hectáreas 4.126 metros) y se
deslinda así: al N.O. 3 tramos de recta que miden: 105,35 metros; 138,72
metros; y 38 metros, respectivamente, partiendo del N.O., lin dando las 3 rectas
mencionadas de frente a Ruta Nacional número 9; al E. 390,75 metros lindando
con parte del padrón 4.542 propiedad de León Antonio Sánchez; al S. 358,20
metros de frente a Camino Vecinal de 17 metros de ancho; y al O. 234,40 metros
también de frente a Camino Vecinal por ser esquina.
3).- Que la subasta será sin base y al mejor postor, en dólares americanos.
4).- El mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta en
el acto de serle aceptada la postura, más el 3,66% por comisión e impuestos,
mediante los medios de pago electrónicos previstos por la Ley de Inclusión
Financiera.
5).- El saldo de precio deberá integrarse en un plazo máximo de 30 días corridos
a partir de la fecha de la subasta, el que será simultáneo con la escrituración del
bien, sólo podrá prorrogarse por justa causa, por paros en los registros públicos,
bancos o demás informes necesarios para la realización de la escrituración.
6).- Se desconoce el estado ocupacional del bien.
7).- Una vez formulada la oferta y aceptada la misma, quien la hace acepta el
título y las condiciones del remate.
8).- El estudio de Títulos de Propiedad fue realizado por el Esc. Gabriel
Hernández Arbeloa, encontrándose los mismos a disposición de los interesados en la sede del juzgado, calle San José 1132, tercer piso.
9).- Las deudas por tributos municipales o nacionales o de cualquier naturaleza, no son de cargo del adquirente (art.177 del LCRE), las que una vez celebrada la escritura de compraventa y acreditada su inscripción se libraran los oficios correspondientes para su exoneración.
Fuente: REMATADORES.COM
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