Nº 31819

REMATE JUDICIAL
ABRIL
15
MIERCOLES
En 19 DE ABRIL 514
CARMELO - DEPTO. COLONIA
14 HORAS
SIN BASE EN U$S

Fuente: REMATADORES.COM

BIEN INMUEBLE EN CARMELO

SOLAR DE TERRENO
Y DEMÁS MEJORAS QUE LE ACCEDEN


Padrón N° 4237
Sobre calle Querubin Juan Pons casi 18 de Julio

Superficie de terreno 506 m²
Superficie edificada 88 m²


Seña 20% más Comisión e Impuesto 3,66%
Informes Juzgado Letrado de Carmelo de 2º Turno
o al Rematador Cel. 099521820 Tel. 45231500
richard@brunellinegocios.com

Fuente: REMATADORES.COM



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EDICTO:  Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Carmelo de 2° Turno, dictada en autos: "PULERO PESCE, WALTER - CESACION DE CONDOMINIO" IUE 2-65452/2023, se hace saber que el día 15 de abril del año 2026, a la hora 14:00 en las puertas de esta Sede Letrada, sita en 19 de Abril 514 de la ciudad de Carmelo, se procederá por intermedio del martillero Richard Brunelli, Matricula 6260, R.U.T 040398890012, en diligencia que será presidida por Alguacil de la Sede, a la venta en remate público, en Dólares Americanos, sin base y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: solar de terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en la manzana catastral 245 de la localidad catastral Carmelo, Departamento de Colonia, empadronado con el numero 4237 (antes padrón 2495 en mayor área), señalada con el numero 1 en el plano del Agrimensor Washington Alvariza de agosto de 1964, registrado el 10 de diciembre siguiente, con el No 3941, en la Oficina Departamental de Catastro de Colonia, según el cual tiene una superficie de 506 metros cuadrados y se deslinda así: al Este, frente a calle Publica; al Sur, fracción 2 del mismo plano; al Oeste con parte del padrón 2497; y al Norte, con padrón 2494. SE PREVIENE: 1°) Que la venta será en Dólares Americanos, debiendo el mejor postor consignar al momento de serle aceptada la oferta, el 20 % del precio subastado en concepto de seña. 2) Que serán de cargo del mejor postor la comisión e impuestos del martillero actuante, la que asciende al 3,66%, más demás impuestos, gastos de escrituración y gastos que por ley le corresponden. Dichos pagos deberán realizarse en el acto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 19.210 modificativas y concordantes. 3o) Que serán de cargo del expediente la comisión de venta del rematador el (1%) más IVA (0,22 %), así como el impuesto Departamental (Ley 12.700 1%) totalizando 2,22 % del precio del remate; así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. 4o) Existe deuda por concepto de contribución inmobiliaria e Impuesto a Primaria. 5o) Se desconoce la situación ocupacional del bien y de adeudos con el B.P.S. por aportes a la construcción, así como también deudas ante otros organismos y por diferentes conceptos. 6°) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto probatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, pudiéndose descontar únicamente al precio obtenido en el remate aquellos gastos necesarios para proceder a la escrituración, o sea la deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha del remate. 7o) El bien se rematará en las condiciones que resultan del expediente, de los certificados regístrales y la documentación agregada en autos, en el estado material, fiscal y jurídico en que se encuentra, sin derecho a reclamo alguno. 8o) Que los antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la sede judicial. 9o) La venta en subasta pública, no sanea defectos que la titulación del bien que pueda tener. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Carmelo, 05 de marzo de 2026
- LAURA DANIELA PARENTELLI SANTAMARÍA, Actuario Adjunto
Fuente: REMATADORES.COM

 INFORMES:
 RICHARD BRUNELLI  
richard@brunellinegocios.com
www.brunellinegocios.com
Cel. 099521820 


 
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